Arbitraje marítimo iberoamericano: una alternativa real a la hegemonía de Londres

Un experto en derecho marítimo impulsa el uso de instituciones arbitrales regionales frente al dominio histórico de la plaza londinense.
14/04/2026
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Arbitraje marítimo iberoamericano
Arbitraje marítimo iberoamericano

El arbitraje marítimo tiene ventajas tan evidentes sobre la justicia ordinaria que, a estas alturas, resulta difícil ponerlas en duda. Especialización, eficiencia y conocimiento técnico son los argumentos que sus defensores repiten con insistencia, y no sin razón. Pero dentro de ese universo arbitral existe una disputa menos visible y más persistente: la que enfrenta a la tradición anglosajona, encarnada en Londres, con el mundo iberoamericano, que reclama su propio espacio en la resolución de conflictos marítimos.

José Antonio Pejovés, abogado, árbitro y profesor de Derecho marítimo, lleva años trabajando en esa dirección. Integra el Grupo de Trabajo sobre arbitraje marítimo internacional constituido hace cuatro años por el Centro Internacional e Iberoamericano de Arbitraje de Madrid (CIIAM) y la Asociación Española de Derecho Marítimo (AEDM), con el objetivo de desarrollar y promover este mecanismo en el ámbito iberoamericano. Su diagnóstico es claro: la región tiene árbitros capacitados e instituciones de primer nivel, pero los contratos siguen pactando con Londres por inercia.

La hegemonía inglesa en el arbitraje marítimo tiene raíces profundas. Los contratos de seguro marítimo, las coberturas de los clubes de protección e indemnización —conocidos como P&I— y las pólizas de fletamento llevan la impronta del common law inglés, respaldada por siglos de jurisprudencia acumulada. A eso se suma la comodidad operativa: quien tiene agentes distribuidos por el mundo, contactos en la plaza de Londres y experiencia en litigar allí, difícilmente cambia de sede sin una razón de peso. La cláusula de sometimiento a tribunales londinenses se replica de contrato en contrato, casi como un reflejo automático.

Pejovés, sin embargo, recuerda que la familia romano-germánica —a la que pertenecen todos los sistemas jurídicos iberoamericanos— tiene una relación con el arbitraje marítimo tan antigua como la del common law, aunque menos publicitada. Los priores y cónsules del Consulado del Mar de Barcelona resolvían controversias marítimas en el siglo XIV aplicando el Consolat de Mar. El Tribunal del Consulado de Lima hacía lo propio desde 1613, en una jurisdicción que, sin interrupción, continúa hoy en el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima. La experiencia existe; lo que falta, sostiene, es la voluntad de usarla.

Desde Trafalgar han pasado más de dos siglos. El dominio del mar —militar y comercial— se ha redistribuido. El Derecho marítimo también ha evolucionado, modernizado en buena medida por la vigencia de convenios internacionales que trascienden cualquier tradición nacional. En ese contexto, Pejovés hace una recomendación concreta a quienes negocian contratos en el sector: incorporar cláusulas arbitrales que sometan las disputas a instituciones iberoamericanas y a árbitros de la región. El consejo no se limita a los contratos de fletamento, sino que abarca los contratos marítimos y portuarios en general.

La propuesta no es anti inglesa ni nostálgica. Es, ante todo, práctica: si la región cuenta con los especialistas y las instituciones necesarias, continuar derivando conflictos a Londres responde más a la costumbre que a la conveniencia.

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