Caterpillar desafía en los tribunales el antidumping británico

El mayor fabricante mundial de maquinaria de construcción busca anular el derecho de 18,81% que pesa sobre sus excavadoras producidas en China. El caso definirá cómo calcula Londres los márgenes de dumping.
Caso de dumping Reino Unido: Caterpillar
Caso de dumping Reino Unido: Caterpillar

Caterpillar, a través de su filial Caterpillar (Xuzhou), inició en Londres una impugnación judicial contra la Autoridad de Remedios Comerciales del Reino Unido (TRA, por sus siglas en inglés) para revertir el derecho antidumping de 18,81% aplicado a las excavadoras que la compañía fabrica en China y exporta al mercado británico. La causa se tramita ante la Sala de Impuestos y Cancillería del Upper Tribunal y comenzó a escucharse esta semana.

Especialistas en comercio internacional coinciden en que se trata del primer litigio sustantivo sobre la metodología de cálculo de un derecho antidumping desde que el Reino Unido abandonó la Unión Europea. El resultado, en consecuencia, empezará a construir jurisprudencia propia en una materia que durante décadas estuvo en manos de Bruselas.

El origen de la medida

La investigación se abrió en noviembre de 2023 a partir de una denuncia de JCB Heavy Products, que sostuvo que las excavadoras chinas ingresaban al Reino Unido a precios artificialmente bajos. El análisis abarcó equipos de entre 11 y 80 toneladas, el segmento mediano y pesado de uso habitual en obras de construcción comercial.

La TRA concluyó que hubo dumping y que esas importaciones causaron un perjuicio importante a la industria local. El secretario de Estado de Negocios y Comercio aceptó la recomendación y las medidas entraron en vigor el 14 de mayo de 2025, por un plazo de cinco años. Los derechos varían según el exportador: 32,82% para Sany, 24,32% para XCMG, 20,09% para LiuGong y 18,81% para Caterpillar, con una tasa residual de 40,08% para el resto de los proveedores chinos.

El argumento de la compañía

Según la presentación escrita de Caterpillar, el arancel resultó tan elevado que la empresa directamente dejó de exportar desde China hacia el Reino Unido los productos alcanzados. Su defensa sostiene que el organismo infló los costos y las ganancias de la filial muy por encima de lo efectivamente pagado y obtenido en China, y que terminó construyendo un precio de referencia artificial, armado con piezas de distintas fuentes, para justificar el gravamen.

La paradoja que plantea la compañía es que vendía en el mercado británico a precios superiores a los del mercado doméstico chino, por lo que, a su entender, no podía ser tratada como un exportador que practicaba dumping. Por eso reclama que se recalculen el margen de dumping, el margen de perjuicio, la determinación del nexo causal y la forma misma de la medida.

La posición del organismo

La TRA defiende el derecho con el argumento de que los costos de producción en China están distorsionados por insumos subsidiados por el Estado, en particular el acero y la electricidad baratos, lo que habilita a reemplazar los valores locales por referencias alternativas. La representación legal del organismo calificó el planteo de Caterpillar como carente de fundamento.

El organismo ya había rechazado los reclamos en sede administrativa. En julio de 2025, Caterpillar y LiuGong pidieron formalmente la reconsideración de las medidas; LiuGong buscaba además excluir sus excavadoras eléctricas a batería de la definición del producto. El 22 de diciembre de 2025 la TRA confirmó que no había motivos para modificar los derechos, que seguirán vigentes hasta mayo de 2030.

No es el primer revés judicial de la empresa en este expediente. En mayo de 2025, el Tribunal Administrativo desestimó una revisión judicial anterior en la que Caterpillar alegaba no haber sido notificada a tiempo de la apertura de la investigación; el juez consideró que la compañía había incumplido su deber de franqueza ante el tribunal. El caso actual, en cambio, discute el cálculo del arancel definitivo y no cuestiones de procedimiento.

Un frente que se amplía

La disputa no se limita a Caterpillar. LiuGong presentó su propia impugnación ante el mismo tribunal, con audiencias previstas a partir del 29 de octubre, lo que convierte al sector de excavadoras en el principal campo de prueba del sistema británico de defensa comercial.

El fondo del debate excede al Reino Unido. La manera de tratar los costos considerados distorsionados en China es uno de los puntos más sensibles del comercio global y atraviesa también las prácticas de la Unión Europea y de Estados Unidos. Para economías que recurren con frecuencia a los derechos antidumping, como Brasil y Argentina, el criterio que adopte Londres será una referencia adicional sobre hasta dónde puede una autoridad apartarse de los precios reales de una empresa.

Por ahora no hay sentencia. Mientras tanto, el 18,81% sigue siendo la tasa aplicable a Caterpillar, salvo que el tribunal otorgue una reparación o que el gobierno la modifique a través del procedimiento previsto en la normativa de remedios comerciales.

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